Artículo 1
Las personas físicas y morales están obligadas a contribuir para los gastos públicos del Estado conforme a las leyes fiscales respectivas.
Texto vigente consolidado a partir de publicaciones oficiales en La Sombra de Arteaga.
Las personas físicas y morales están obligadas a contribuir para los gastos públicos del Estado conforme a las leyes fiscales respectivas.
Las promociones y notificaciones ante la autoridad fiscal podrán realizarse a través de medios electrónicos, utilizando la Firma Electrónica Avanzada con plena validez jurídica.