Artículo 1
Este Código se aplicará a los delitos del orden común que se cometan en el territorio del Estado de Querétaro.
Texto vigente consolidado a partir de publicaciones oficiales en La Sombra de Arteaga.
Este Código se aplicará a los delitos del orden común que se cometan en el territorio del Estado de Querétaro.
Comete el delito de violencia digital quien divulgue, comparta o publique imágenes o videos de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, a través de medios electrónicos.