Artículo 1
La presente Ley tiene por objeto regular el uso de la Firma Electrónica Avanzada en los actos, trámites y procedimientos de los entes públicos del Estado de Querétaro.
Texto vigente consolidado a partir de publicaciones oficiales en La Sombra de Arteaga.
La presente Ley tiene por objeto regular el uso de la Firma Electrónica Avanzada en los actos, trámites y procedimientos de los entes públicos del Estado de Querétaro.
Los documentos firmados electrónicamente contarán con una cadena de confianza, hash criptográfico y sello de tiempo que permitirán su verificación pública e inalterabilidad.